¿QUÉ ES UN CENTRO DE EDUCACIÓN ESPECIAL?
Es un centro educativo, cuya organización y funcionamiento
se rige por los mismos criterios establecidos para el resto de centros. Sin
embargo, se diferencia porque requiere un mayor nombre de personal auxiliar,
profesionales especializados, rehabilitación y tratamiento, espacios adecuados,
materiales específicos y ayudas técnicas.
¿CUÁL ES LA
FUNDAMENTACIÓN LEGAL DE ESTE TIPO DE CENTROS A NIVEL AUTONÓMICO?
Sólo hay una instrucción
(muy muy breve) sobre los centros de educación especial a nivel autonómico, la
Resolución de 31 de julio de 2000 de la Dirección General de Ordenación e
Innovación Educativa, por la que se dictan instrucciones para el curso
2000-2001 en materia de ordenación académica y organización de la actividad
docente de los centros específicos de Educación Especial de la Comunidad
Valenciana.
¿QUÉ TIPOS DE CENTROS
DE EDUCACIÓN ESPECIAL EXISTEN?
Podemos hablar de
diferentes tipos de centros atendiendo a dos criterios: tipo de discapacidad
que tienen los alumnos que hay en él y régimen en el que se encuentran en el
centro.
Según el tipo de
discapacidad, hay centros monovalentes, que únicamente atienden a personas con
una discapacidad concreta, como por ejemplo el Colegio Luis Fortich que sólo
atiende a alumnos con discapacidad auditiva.
Según el régimen en
el que se encuentran los alumnos, encontramos centros de media pensión, en los
cuales los alumnos comen en el centro, también los hay en régimen de internado.
¿CÓMO SON LAS ETAPAS
EDUCATIVAS EN UN CENTRO DE EDUCACIÓN ESPECIAL?
En el centro de
educación especial encontramos las siguientes etapas educativas:
- Etapa de Infantil (0-6 años), formada por dos ciclos:
- Primer ciclo: de 0 a 3 años (se lleva a cabo el SAAPE: Servicio de Atención Ambulatoria Previa a la Escolarización).
- Segundo ciclo: de 3-6 años.
- Etapa de primaria (6-12 años).
- Secundaria de 12 a 16.
Estas etapas forman
parte de la EBO, es decir, la enseñanza básica obligatoria.
Cuando los alumnos han concluido la enseñanza básica obligatoria, en los CEE encontramos otra etapa: TVA (Transición a la Vida
Adulta) que comprende desde los 16 hasta los 21 años. Está destinada a alumnos
que tengan 16 años habiendo cursado o no los anteriores cursos en el Centro de
Educación Especial y que sus características aconsejen su continuidad en estos programas.
La TVA tiene una
duración mínima de 2 años y se puede ampliar hasta los 21 años tal y como
apunta la LOE en su artículo 74.
¿SI MI HIJO TIENE
ALGUNA DISCAPACIDAD TIENE QUE IR OBLIGATORIAMENTE A UN UN CENTRO DE EDUCACIÓN
ESPECIAL?
Rotundamente NO. La
asistencia a estos centros, se lleva a cabo cuando las necesidades del alumno
no pueden ser atendidas en el marco ordinario de atención a la diversidad, es
decir, irá a un colegio de educación especial cuando en uno ordinario no tengan
la capacidad de dar respuesta a lo que el alumno necesite.
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